Desde 1982 el Tribunal Supremo de Puerto Rico reconoce el acceso a la información pública como un derecho de estirpe constitucional. Así se resolvió en Soto vs. Secretario de Justicia, 112 D.P.R. 477 (1982). En 2019, en grave menosprecio de las recomendaciones propuestas por Espacios Abiertos, la Red de Transparencia y otros grupos, a escasas horas de abruptamente terminar su mandato, el gobernador Rosselló convirtió en ley dos proyectos con serias deficiencias.
La ley núm. 122 “Ley de Datos Abiertos del Gobierno de Puerto Rico” y ley núm. 141 “Ley de Transparencia y Procedimiento Expedito para el Acceso a la Información Pública” lejos de promover y facilitar el acceso a información pública, la limitan. Por eso, recogemos los 10 principios a favor del acceso a la información pública favorecidos internacionalmente para exigir un gobierno verdaderamente transparente.