Lista de cotejo para la revisión de contratos o memorando de entendimiento de auspicio fiscal
Al revisar un contrato de auspicio fiscal, los donantes deben confirmar lo siguiente:
- Identificación de las partes – La contraparte del auspiciador fiscal en el contrato, ya sea otra entidad, persona o asociación no incorporada, debe estar claramente identificada. Nota: El “proyecto” es el programa o la actividad benéfica que se está llevando a cabo. Por lo tanto, la contraparte del auspiciador fiscal no debería ser el proyecto, sino una asociación no incorporada, los líderes del proyecto o una entidad legal separada.
- Descripción del tipo de auspicio fiscal y obligaciones – Una descripción clara del tipo de relación y el apoyo mutuo entre el auspiciador y el proyecto.
- Tasa de asignación de costos (tarifas) – Se describe la tasa básica de asignación de costos y cualquier otro posible costo o tarifa. Deben tener alguna relación con el nivel de apoyo provisto por el auspiciador fiscal.
- Propiedad – El contrato describe cómo se retendrán y manejarán los activos, incluida la propiedad intelectual desarrollada u obtenida con las subvenciones.
- Cláusula de poder de variación – Existe un lenguaje que establece que el auspiciador tiene control y discreción sobre los fondos para asegurar que se usen para los fines previstos.
- Término y estipulación de salida – TSe describen el término/la renovación del contrato, las estipulaciones y el proceso de salida. Como mínimo, la duración de la relación debería extenderse durante el período previsto de la subvención. Los proyectos siempre deberían tener la capacidad de iniciar la salida.
Otros términos que podrían revisar o requerir:
- Toma de decisiones – ¿Quién toma las decisiones estratégicas y cotidianas sobre el proyecto? Normalmente, esto ocurre en el ámbito del proyecto, pero el auspiciador puede anular cualquier decisión que cause riesgos de cumplimiento o problemas legales.
- Función de la junta asesora/comité directivo – ¿Se requiere una junta asesora para darle apoyo estratégico al proyecto? De ser así, ¿cuál sería su función? ¿Son signatarios del contrato de auspicio fiscal?
- Cumplimiento con las políticas – ¿Hace referencia el contrato a políticas o a un manual del proyecto que guiará al proyecto al trabajar con el auspiciador?
- Resolución de disputas – Descripción de cómo se resolverán equitativamente las disputas, preferiblemente sin arbitraje o litigación.
- Directrices de comunicación – Establece expectativas sobre la frecuencia mínima de reuniones y el propósito de la reunión anual.
- Comunicaciones externas – ¿Existe un lenguaje acordado que las partes utilizan para describir su relación? Si un representante del proyecto o del auspiciador recibe una consulta de los medios sobre la relación, ¿deben coordinar su respuesta?
- Exclusividad – ¿Puede el proyecto utilizar múltiples auspiciadores fiscales al mismo tiempo para el mismo proyecto? Hacerlo crea complicaciones innecesarias y algunos posibles problemas relacionados con el riesgo, como la ambigüedad sobre qué actividad está cubierta por cuál seguro. En general no se recomienda.